A inicios de este año 2023 el Superintendente de Administración Tributaria anunció que se iba a incrementar el padrón de contribuyentes especiales con el propósito de monitorear a un número determinado de contribuyentes que representan al menos el 90% de la recaudación total estimada.
Dicho anuncio se ha vuelto realidad en las últimas semanas donde varios contribuyentes han estado recibiendo las notificaciones en donde se les anuncia que a partir del 1 de enero 2024 forman parte del padrón de contribuyentes especiales, esto nos lleva a la pregunta que muchos seguramente se están haciendo … ¿Y ahora qué?
Lo primero es salir del “shock” que seguramente más de alguno ha experimentado con esta noticia, ya que más allá de las obligaciones que se generan con esta calificación, ahora se tendrá un auditor de planta que seguramente estará monitoreando las operaciones de la empresa y para ello la Administración Tributaria ha mostrado ya en varias oportunidades los tableros de control que le permiten verificar en tiempo real las operaciones del los contribuyentes, más ahora que la factura electrónica ha sido implementada en su totalidad y eso le permite tener información en tiempo real de las operaciones de los contribuyentes.
Por otra parte, formar parte del padrón de contribuyentes especiales conlleva las siguientes obligaciones, algunas de ellas con aplicación inmediata a partir del 1 de enero 2024:
1. Efectuar retenciones de IVA cuando le corresponda actuar como agente de retención. La retención es del 15% del IVA que se determine, debiendo pagar al proveedor de los bienes o servicios adquiridos el 85% restante. Las retenciones efectuadas deben pagarse a la SAT en el transcurso de los primeros 15 días hábiles del mes inmediato siguiente al que corresponden las retenciones. Es importante considerar que esta obligación debe aplicarse a las compras de bienes y servicios que se hagan desde el primer día de vigencia de la calificación.
2. Presentar semestralmente en forma electrónica un informe detallado de compras y ventas efectuadas en dicho semestre.
3. Presentar estados financieros auditados, los cuales deben ser auditados por un Contador Público y Auditor independiente. Dicho dictamen debe presentarse desde la Agencia Virtual como parte de los anexos a la declaración jurada anual de ISR. Debe considerarse que el primer período a auditar es a partir de la calificación como contribuyente especial.
4. Uso obligatorio de herramientas como: a) Reten ISR Web, b) Reten ISR 2 para asalariados, c) Reten IVA web, d) Asiste Libros y Sistemas de Inventarios, e) uso de la agencia virtual para entrega de estados financieros auditados y otras habilitaciones que en el futuro sean obligatorias.
5. Otras obligaciones que en el futuro sean implementadas por la Administración Tributaria.
Es importante capacitar a los equipos contables y financieros en cuanto a las nuevas obligaciones que conlleva ser calificado como contribuyente especial, ya que cualquier omisión puede ocasionar el pago de multas y sanciones. Además, deben estar muy pendientes y en contacto con el auditor que sea asignado por parte de SAT, principalmente en los casos de requerimientos de información que eventualmente puedan ser realizados, para que los mismos sean atendidos en tiempo.
Por otra parte, es recomendable realizar un diagnóstico fiscal de las operaciones de la empresa con el cierre 2023 con el propósito de identificar posibles riesgos tributarios ANTES que se inicie con el período fiscal sujeto a dictamen de auditor externo independiente. Esto con el propósito de tomar acciones correctivas de forma anticipada sobre aquellas situaciones que se detecten como riesgos fiscales potenciales.
Por último, seleccione con debido tiempo a la Firma o auditor externo que estará a cargo del dictamen de los estados financieros a partir del año 2024, esto con el propósito de planificar adecuadamente el trabajo y que esta auditoría sea de utilidad para la empresa y que no se convierta en tan solo un trámite o formalidad qué cumplir.
La debida planificación puede ayudar a aliviar la carga de trabajo adicional que implica ser contribuyente especial. Asesorarse adecuadamente es la clave en este proceso.