Hace unos días, en un congreso de negocios con distintos inversionistas a nivel regional, empezamos a hablar que, es indispensable que los estados financieros puedan brindar información financiera de manera oportuna y confiable, para temas de inversiones en el extranjero, solicitar financiamientos bancarios, credibilidad de marca, etc.
Durante la reunión, alguien levantó la mano e hizo la siguiente pregunta ¿En Guatemala, tengo la obligación de utilizar la NIIF PYMES para presentación de estados financieros?, dicha pregunta generó una serie de debates e interpretaciones tomando en cuenta lo siguiente:
a. El Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala (CCPAG), el 23 de julio 2010, adoptó como parte de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Guatemala a que se refiere el código de comercio, la Norma Internacional de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades – NIIF Para las Pymes.
b.
El Instituto Guatemalteco de Contadores Públicos y Auditores (IGCPA), el 16 de julio 2002 adoptó las Normas Internacionales de Contabilidad -NIC- como principios de contabilidad generalmente aceptados.
Observando que el debate no tenía una conclusión, en ese momento consideré oportuna mi participación para dar respuesta al cuestionamiento inicial, de la siguiente manera:
“Actualmente, no existe disposición legal que obligue a los contribuyentes en Guatemala a presentar estados financieros de acuerdo con la NIIF PYMES. Aún y cuando el CCPAG y el IGCPA hayan emitido resoluciones sobre el tema, estás no tiene carácter de ley. En relación con lo anterior, la Administración Tributaria en su proceso de fiscalización verificará que, los contribuyentes en sus estados financieros, cumplan con las disposiciones legales que regula la legislación tributaria, y que los registros contables sean consistentes con las declaraciones de impuestos presentadas.
Ahora bien, si un contribuyente desee aplicar los parámetros de NIIF PYMES para la presentación de sus estados financieros, lo puede hacer. Siempre y cuando, no contravengan las disposiciones legales establecidas en el Decreto 10-2012 Ley de Actualización Tributaria.”
Por último, resulta indispensable tener en cuenta la normativa internacional para efectos de la presentación de estados financieros y lo regulado en las leyes locales para evitar cuestionamientos por parte de la Administración Tributaria. Por tal razón, es momento de contar con expertos fiscales que les puedan orientar con estos temas, y que puedan ser sus aliados en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de esta manera guiarlos hacia la #PazFiscal.
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Jean Pierre Barrascout – Director (jp@accountax.com.gt)
Carlos Leal – Gerente de Consultoría Fiscal (Carlos.leal@accountax.com.gt)